La controversia de los colour-blind castings
Los colour-blind castings consisten en la práctica de ofrecer papeles a artistas pertenecientes a More
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El Gobierno ha aprobado la LeySAC para regular los servicios de atención al cliente de las empresas. Ha establecido un límite de tres minutos como máximo para atender por teléfono en servicios generales de información, reclamación y posventa. Además, la normativa prohíbe que sólo contesten robots automatizados.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Servicios de Atención al Cliente cuyo objetivo fundamental es paliar las deficiencias detectadas en la prestación de este tipo de servicios por parte de las grandes empresas y mejorar así la protección de los consumidores para garantizar sus derechos.
En la actualidad, la mayoría de las quejas y reclamaciones que reciben las Administraciones Públicas por parte de los consumidores tiene como elemento común la deficiente atención al cliente, especialmente en las grandes empresas. Por este motivo esta Ley se considera necesaria y prevé, además, la posibilidad de que las pequeñas y medianas empresas y aquellas compañías que estén en pérdidas no se vean afectadas por la norma, al no ser las principales generadoras de estas reclamaciones.
Esta nueva normativa, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado procedimiento de urgencia, persigue garantizar los derechos básicos de los consumidores y establecer unos parámetros mínimos de calidad que deberán cumplir los servicios de atención al cliente de las empresas de los sectores de servicios de suministros de agua, gas y electricidad, servicios de transporte de viajeros, servicios postales, medios audiovisuales de acceso condicional y servicios de comunicaciones electrónicas. Las empresas deberán disponer de un servicio eficaz para facilitar información, atender y resolver las quejas.
Los ciudadanos podrán conocer, antes de la firma de un contrato de servicios, los medios de interlocución disponibles, mecanismos de reclamación, tiempos previstos de resolución, etcétera. Toda esta información deberá formar parte de los contratos y tendrá que figurar también en la página web de la empresa.
Las empresas desarrollarán sistemas que midan las mejoras de sus servicios de atención al cliente y tendrán que superar auditorías externas anuales.
Otro de los aspectos previstos es que en el futuro las empresas cuenten con personal debidamente formado y capacitado. Este personal deberá estar debidamente capacitado para atender las quejas de sus clientes. Con ello se quiere mejorar la calidad del servicio y evitar situaciones indeseables. Situaciones como que el operador desconozca la información necesaria para resolver o gestionar la reclamación.
Con la aprobación de esta Ley no sólo se mejorará la calidad del servicio prestado a los consumidores. También se reforzará la confianza en los sectores económico-empresariales implicados, lo que redundará en un mejor funcionamiento del mercado.
Hemos venido contando como se ha ido estrechando el cerco a las criptomonedas. A las restricciones en la publicidad le siguió el plan contra el fraude. Ahora, un organismo de control europeo pone el foco en criptomonedas y lavado de dinero. Moneyval, el Comité de Expertos en Evaluación de Medidas Contra el Blanqueo de Capitales y Financiamiento del Terrorismo del Consejo de Europa, instó a los estados europeos a tomar medidas drásticas contra el lavado de dinero con criptomonedas en su informe anual 2021, publicado este mismo mes. Según Moneyval, para combatir el blanqueo de capitales con criptomonedas es prioritario supervisar el ecosistema crypto junto con profesionales «guardianes», como abogados y/o contables.
Moneyval se alió con entidades como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En conjunto, han solicitado un endurecimiento en las medidas para controlar los activos virtuales. Son muchos países europeos los que han respondido a esta solicitud, ajustándose a los estándares del GAFI. Esta implementación pasa por identificar a los usuarios de criptomonedas, mediante la obligatoriedad del ya conocido KYC, para así habilitar el rastreo de fondos. Estas medidas son controvertidas ya que atacan al principio más elemental del universo crypto; la privacidad. Hay una gran parte de la industria que considera que esto podría acabar con la innovación y el talento generado en torno a ella.
Por otro lado, precisamente esta innovación es la que plantea un desafío a los legisladores. Según el informe, la evolución tan rápida de la tecnología dificulta la regulación y supervisión, por lo que exige una mejor coordinación a nivel internacional. Esto es así, porque en su informe, Moneyval destaca la insuficiencia que presentan sus estados miembros y jurisdicciones cuando de lucha contra el lavado de dinero y financiación del terrorismo se trata. En este sentido, el informe publica cual será la estrategia de Moneyval durante los próximos 3-4 años y detalla algunas de las medidas que adoptará. En ellas se destaca una intención de conectar con organismos europeos para ejercer un mayor control no solo sobre cripto activos si no sobre otras materias como crímenes medioambientales o manipulación de eventos deportivos.
En el informe se anuncia que se realizará un estudio que se publicará aproximadamente en 2023. Este estudio analizará las tendencias de lavado de criptomonedas. Según sostiene la presidenta del organismo, algunos tokens están siendo lanzados con el objetivo de blanquear capitales. Además, al margen de pequeños tokens con poca capitalización de mercado, sostiene que los activos más grandes están sufriendo una fuerte manipulación, lo que es relevante a efectos de este estudio. Es importante destacar que aunque Moneyval es un organismo sin poder real sobre los países que monitorea, sus recomendaciones pueden influir en futuras reformas legislativas nacionales.
Por otro lado, el informe sostiene que se debe aumentar la supervisión sobre profesionales especializados. Estos profesionales que, según el informe podrían estar ofreciendo ayuda a los blanqueadores, son abogados, contables, gestores u otros proveedores de servicio. Moneyval quiere así ampliar con su compromiso con el GAFI, que está revisando sus normas respecto a su metodología de evaluación. En particular, parece que el GAFI está reforzando sus requisitos para los denominados «gatekeepers» que son estos profesionales mencionados. Quizás, en el estudio que se publicará próximamente sabremos en qué se traduce dicho refuerzo y qué consecuencias tiene para los profesionales.
Tras la exigencia impuesta a los autónomos de utilizar facturas electrónicas, se suscitó controversia sobre qué se entendía por factura electrónica. Recientemente se realizó consulta vinculante a la DGT por parte de un autónomo. Esta persona facturaba en papel con doble copia y posteriormente introducía la información de las facturas en un fichero electrónico que enviaba por correo electrónico a su destinatario. Es muy frecuente que las facturas no se emitan exclusivamente en formato electrónico. Por el contrario, sigue siendo habitual generar facturas tanto en soporte digital como físico de forma simultánea. Es sobre este punto en concreto sobre el que se pronuncia la DGT, en su reciente consulta vinculante.
La DGT ha contestado emitiendo una consulta vinculante con la que aclara qué debe ser considerado una factura electrónica. Según ha establecido la DGT,
“una factura expedida y recibida en formato electrónico tendrá la consideración de factura electrónica, aunque hubiera sido emitida originalmente en papel y posteriormente digitalizada”. Sin embargo, para Hacienda no es factura electrónica aquella que “habiendo sido emitidas y expedidas en papel, sean recibidas en este mismo formato por los destinatarios”.
Dejamos enlace directo a la resolución vinculante, que podrás leer aquí
En conclusión, y a modo de resumen, parece que la consideración como factura electrónica de una factura escaneada en formato físico dependerá de si este escaneo o digitalización es realizado por el emisor o por el receptor de la misma.
Es por todos sabidos que el Estatuto para Artistas ha estado por mucho tiempo parado. Sin embargo, en esta legislatura se le ha dado un More
En el mes de febrero anunciábamos la aplicación de restricciones en la publicidad de Criptomonedas. La preocupación de la CNMV venía dada por el supuesto aumento de casos de fraudes financieros relacionados con las Criptomonedas. Pues bien, esta preocupación no se ha visto reducida y se ha extendido más allá de la CNMV. En consecuencia, el Ministerio de Economía y la CNMV han firmado un convenio marco que introduce un plan contra el fraude con criptomonedas.
Hace un par de semanas la CNMV, a través de su presidente, denunciaba el incremento de fraudes financieros realizados con criptomonedas. Sin embargo, Rodrigo Buenaventura puso el foco en los proveedores de los servicios de información y evitó demonizar a las criptomonedas. El hecho de que se cometan fraudes con criptomonedas no implica que las criptomonedas sean un fraude. No obstante, en su intervención advirtió el incremento de «chiringuitos financieros» y centró el motivo de su propagación en la permisibilidad de grandes compañías como Google, Meta o Twitter, entre otras. Este problema, en principio, podría verse reducido con las nuevas restricciones en la publicidad de las criptomonedas. Así, desde su entrada en vigor se han revisado más de 110 contenidos publicitarios en un total de 25 expedientes.
Por otro lado, el presidente de la CNMV, en las jornadas organizadas por AEFI, también destacó otras necesidades de regulación que van más allá de la publicidad. Por eso se destacó la necesidad de regular y asegurar la transparencia de cara a los usuarios, informando sobre la formación de precios, los riesgos de custodia así como la integridad de algunas capas del sistema. A su vez, se apuntó la necesidad de una regulación que atraiga a inversores no profesionales y que permita la innovación y la importancia del MiCA. En este sentido, el Reglamento Europeo de Mercados de Criptoactivos (MiCA), se postula como la herramienta de armonización a escala europea. Una armonización que el Banco de España, sumándose a la preocupación, considera que no se está llevando a cabo con la celeridad que debería.
Recientemente el Banco de España ha emitido un informe interesantísimo sobre los criptoactivos. En este informe se hace un análisis detallado de las características de los criptoactivos pero principalmente de sus riesgos. En este informe se destaca la falta de regulación con la que contamos en España. Además, el BE se «lamenta» de carecer de competencias o de capacidad de regular, autorizar o supervisar el funcionamiento de los mercados de criptoactivos o sus participantes. En la actualidad, el Banco de España es sólo responsable de operar el registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos. Sin embargo no posee competencias regulatorias o supervisoras sobre los mercados de criptoactivos. Concretamente, el Banco de España no puede regular la autorización de la prestación de servicios de criptoactivos.
En este contexto, el BE apela a determinadas iniciativas supranacionales (refiriéndose a MiCA), que podrían ser clave para revertir esta situación. En consecuencia, destaca la importancia de aprobar lo antes posible esta directiva y establece la regulación de las criptomonedas como algo prioritario.
Ayer, viernes 29 de abril de 2022 el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y la CNMV firmaron un convenio marco. Con este convenio se pretende potenciar y mejorar la prevención contra determinadas actividades potencialmente fraudulentas, principalmente las criptomonedas. El plan ha sido suscrito por un total de 19 instituciones públicas y privadas, y la ministra Nadia Calviño ha hecho un llamado a la unanimidad. Entre los suscriptores, se encuentra el propio Banco de España, el Sepblac, la Fiscalía General del Estado, Autocontrol, el Fondo de Garantía de Inversiones y los Colegios de Registradores y del Notariado, entre otros.
El plan contempla la posibilidad de colaboración entre distintos organismos. Sin embargo, no se establecen una serie de medidas concretas si no que se sigue apelando principalmente a las restricciones en publicidad. Igualmente, se ha comunicado la potenciación de las herramientas que tienen los bancos para detectar los fraudes e intentar impedirlos. Por tanto, parece que la intención es clara pero los medios no lo son tanto. El objetivo es regular los criptoactivos y armonizar dicha regulación a nivel europeo, sin embargo, está por ver cuáles son las medidas exactas. Lo que sí se ha evidenciado es que es necesario que el plan contra el fraude con criptomonedas reciba un apoyo más extendido. Y que conforme se vayan sumando más entidades y organismos se irá revelando cuál será el sentido que tomará dicho plan.
El plan contra el fraude con criptomonedas tiene unos objetivos claros. Hay que acabar con los fraudes, porque todos estaremos de acuerdo con que son negativos. Personalmente, medidas como el control sobre determinada publicidad me parecen bien encaminadas hacía dicho objetivo. Sin embargo, a uno le surge la duda en su fuero interno si la protección del inversor y la lucha contra el fraude no son más que un pretexto para hincar las garras sobre algo que no tiene ley ni dueño.
En la teoría, los promotores de este plan mantienen el discurso en este sentido y es de alabar que quieran separar los conceptos fraude y criptoactivos. La lucha contra el fraude con criptomonedas no puede consistir en una demonización de estas últimas y esto forma parte del discurso actual, lo que es positivo. Además, parece haber una conciencia extendida de que dicha lucha debe traducirse en una regulación que respete la capacidad de innovación inherente al propio ecosistema cripto.
Esa capacidad de innovación es, por otro lado, uno de los elementos que tornan la tarea de regular el ecosistema cripto casi imposible. Esto es porque el ecosistema se expande a una velocidad más rápida a la que se debate sobre cómo debe ser regulado. Faucets, P2P, DEFI, NFT, Metaverso, Launchpads, presales, faucets ETC son solo un ejemplo de conceptos y/o modelos que se van originando y que se escapan de cualquier posibilidad de ser regulados. Estaremos atentos sobre los cambios que se producen y en qué se traduce este plan contra el fraude con criptomonedas.
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