Cómo afectará a los autónomos la nueva ley contra el fraude fiscal
El pasado 10 de julio se publicó en el BOE la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de More
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La economía se ha digitalizado y nuestras vidas también. Este cambio, como todos, conlleva More
Traemos información sobre las nuevas ayudas del OSIC al sector editorial, para la edición y traducción de obras literarias. La Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural (OSIC por sus siglas en Catalán) ha publicado las bases específicas de las ayudas siguientes del ámbito de las letras catalanas y occitanas:
Del 11 al 27 de mayo de 2021 (ambos incluidos)
Esta es una de las dos nuevas ayudas del OSIC al sector editorial. Podrán optar a las subvenciones las empresas editoriales privadas, ya sean son personas físicas o jurídicas. Con sede social en un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, cuando su proyecto tenga incidencia en Cataluña, con acreditación de distribución y comercialización.
No pueden optar a estas subvenciones las entidades del sector público, las entidades privadas sin ánimo de lucro ni las empresas editoriales participadas por entidades del sector público. Para más información pincha aquí.
Del 13 al 29 de octubre de 2021 (ambos incluidos).
Pueden optar a las subvenciones las empresas editoriales privadas, ya sean son personas físicas o jurídicas, con sede social en un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, cuando su proyecto tenga incidencia en Cataluña, con acreditación de distribución y comercialización.
No pueden optar a estas subvenciones las entidades del sector público, las entidades privadas sin ánimo de lucro ni las empresas editoriales participadas por entidades del sector público. Para más información pincha aquí.
Para poder solicitar estas nuevas ayudas del osic al sector editorial, sería necesario disponer de un certificado digital. Sin este certificado digital no sería posible firmar el formulario de solicitud.
Además, como es frecuente en este tipo de ayudas, las personas destinatarias cambian en función de cada línea de ayudas. Por tanto, hay que estar muy atentos a cada una de las bases específicas y tratar de solicitar la ayuda en la linea correspondiente. La tramitación, como hemos dicho, se hace con certificado digital y obligatoriamente a través de Internet.
Os recordamos que desde Questionna estaremos encantados de poder ayudarte ya sea con la solicitud de estas ayudas o con la obtención del certificado digital necesario para solicitarla.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha convocado estas subvenciones destinadas a promocionar el sector profesional cultural en Andalucía. Por tanto, estas subvenciones en Andalucía incluyen el sector del teatro, la música, la danza y el circo. La convocatoria pública para la concesión es en régimen de concurrencia competitiva y se podrán presentar las solicitudes hasta el día 12 de abril. En consecuencia, hay que darse prisa para recabar la documentación requerida y realizar la solicitud de forma telemática. Además, las subvenciones se rigen por la Orden de 7 de septiembre de 2016 por lo que habrá que estar a lo allí dispuesto.
Cada una de las líneas está destinada a personas físicas o jurídicas que realicen algunas de las actividades incluidas en las distintas líneas. Por tanto, se deberá valorar previamente en cuál de las líneas se deben solicitar las ayudas. Además de esto, será necesario distinguir entre las diferentes líneas para aclarar cuáles serán los gastos subvencionables.
Si crees que podrías beneficiarte de estas ayudas y no lo tienes claro, contacta con nosotros aquí y te resolveremos cualquier duda.
Recordamos que sigue en marcha el fondo de subvenciones para Pymes Ideas Powered for Business SME Fund. Este Fondo dotado con 20 millones ofrece bonos para ayudar a las PYMES radicadas en la Unión Europea a explotar y proteger sus activos intangibles. Cuando decimos proteger activos intangibles, nos referimos a aquellos bienes que pertenecen a la empresa y que no se pueden tocar. Entre ellos se incluyen los dominios, las patentes, los derechos de autor o las marcas. En este artículo te contamos lo importante que es proteger tu marca, especialmente en un entorno digital.
Este programa está disponible para todas las empresas de la UE que cumplan la definición oficial de pyme. La ayuda consiste en apoyo financiero mediante reembolsos. Apoyo para la solicitud de marcas, dibujos, modelos y servicio de diagnóstico (IP Scan) de hasta un importe máximo de 1 500 EUR por empresa. Como hemos dicho, el programa permite solicitar la protección del activo intangible de nuestra empresa.
Ya es posible solicitar estas ayudas, y aunque el primer plazo se abrió el 11 de enero, se prevé que se abran hasta cuatro plazos más. El plazo actual como los siguientes cuatro irán destinados a la presentación de solicitudes que tendrán lugar a lo largo de 2021.
El nuevo plan discurre en el marco del Programa Ideas Powered for Business en la EUIPO, y forma parte del Plan de Acción sobre PI de la Comisión Europea. Se lleva a cabo en colaboración con las oficinas de propiedad intelectual nacionales y regionales de la UE. Los requisitos, el calendario y demás información relevante del programa ya se pueden consultar en la plataforma Ideas Powered for Business.
Esta es una gran oportunidad para aquellas PYMES que cumplan con la definición oficial. Desde Questionna recomendamos proteger los activos intangibles de la empresa siempre, pero si hasta ahora habías tenido dudas este es el momento. Asegúrate de cumplir con todos los requisitos e incorpórate a este programa para proteger tus activos intangibles.
Las nuevas ayudas del OSIC (Oficina de Soporte a la Iniciativa Cultural) consisten en 16 líneas de ayudas. Las ayudas irán dirigidas a distintos ámbitos. La cultura popular, las artes, y el fomento de la lengua y patrimonio cultural. Estas no son las primeras ayudas del OSIC, Questionna ha solicitado satisfactoriamente otras ayudas previas para muchos de nuestros clientes.
Todavía no se han convocado todas las bases específicas de las ayudas. Sin embargo, ya existe información sobre algunas de ellas. Además, se prevé que se vaya publicando más información entre los meses de febrero y marzo. Los distintos ámbitos cubiertos y las fechas de publicación de las respectivas convocatorias se encuentran en la página web de la Generalidad de Cataluña. Para acceder pincha aquí.
La tramitación de estas ayudas se hará de forma telemática, por lo que será necesario disponer un certificado digital para tramitar el formulario de solicitud. Si no sabes lo que es un certificado electrónico o no sabes como conseguirlo, te dejamos este enlace en el que te explicamos un poco más acerca de los certificados electrónicos.
En el enlace facilitado aparece información sobre los distintos ámbitos de las ayudas, para averiguar si se puede o no optar a cada una de ellas. Como siempre, si no tenéis claro si podéis optar a las ayudas, o si tenéis alguna duda, estamos a vuestra disposición. De igual modo, también es necesario estudiar cada una de las nuevas ayudas del OSIC para comprobar que sean compatibles con otras posibles ayudas recibidas en el pasado. En Questionna podemos valorar si las empresas pueden o no optar para cada una de las ayudas. Una vez se tenga claro que se puede optar, sería necesario realizar la solicitud cumpliendo los requisitos de las bases.
De nuevo, estamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda, o para tramitar estas nuevas ayudas del OSIC sobre las que seguiremos ampliando información.
Estas ayudas en Cataluña se han lanzado por parte de la Generalitat que ha autorizado la transferencia de 10 millones de euros al Departamento de Empresa y Conocimiento. Esta cantidad saldrá del fondo de contingencia e irá destinada a activar ayudas directas a los comercios obligados a cerrar entre el 7 y el 17 de enero.
Esto es una buena noticia para los beneficiarios. No obstante, está pendiente la publicación de las bases específicas de la convocatoria que definan mejor los detalles de la misma. Aunque la información que tenemos es poca, podemos adelantar la que tenemos hasta el momento:
Las bases de la convocatoria serán publicadas próximamente y podremos saber más sobre estas ayudas. Si tienes alguna duda sobre estas ayudas, o sobre cualquier otra no dudes en contactarnos. Estamos a tu plena disposición a través de nuestro formulario de contacto en la Web de Questionna o en nuestras redes sociales.
En primer lugar, los tiempos han cambiado, y siguen cambiando a una velocidad vertiginosa. En consecuencia, More
Vamos a informarte sobre la financiación y deducción del sector espectáculo, cómo obtenerla y de qué forma te puede ayudar esta noticia.
Estamos viviendo tiempos muy complicados en el sector del entretenimiento y del espectáculo, bolos y actuaciones en vivo han sido maltratadas como nunca. Artistas y productoras se han lanzado al mundo digital y a la producción audiovisual.
Tras años persiguiendo fórmulas de financiación insuficientes vía inversión o subvenciones directas, que no posibilitaban ni ayudaban, de manera eficiente, al mantenimiento de este sector.
Surge una desapercibida modificación en la redacción del artículos 36 y 39 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades relativo a la deducción por inversiones en el sector, que abre una enorme posibilidad en la obtención de financiación al sector cultural tanto audiovisual cómo a los espectáculos en vivo.
Cualquier persona física o jurídica que participe en la financiación de proyectos audiovisuales. De esta forma podrán obtener financiación y verse beneficiados por este sistema, festivales, galas y eventos, giras de artistas, circo, danza y actuaciones musicales, entre otros. Ya no es necesaria la constitución de una AIE, lo que conlleva facilitar el acceso a la financiación.
Aparte de un retorno del 100 % de la inversión efectuada, se le suma una rentabilidad aproximada de un 20 % en las inversiones en este tipo de sector. Es decir los beneficios procedentes de estas inversiones dejarán de tributar en el impuesto correspondiente.
Sumándose el hecho de lograr un mayor posicionamiento y prestigio de marca, apoyando la Cultura.
Gracias a la garantía otorgada a los inversores con este beneficio fiscal, en la recuperación de su inversión más la obtención de la rentabilidad pertinente, se está generando entre estos la voluntad de dar un paso más y participar con el riesgo y ventura del proyecto. Con la ampliación a cualquier persona en participar en estos proyectos se busca mayor financiación y apoyo al sector.
Todo tipo de productoras, bandas musicales y espectáculos pueden acudir a esta vía de financiación ofreciendo a su entorno empresarial y “mecenas” pagadores de impuestos que, junto con los beneficios directos comentados, quieran ayudar, contribuir y ser partícipes de este cambio en la financiación y comercialización de la cultura en nuestro país. Obteniendo con ello un beneficio fiscal.
El financiador no adquirirá los derechos de propiedad intelectual, cuya propiedad será siempre de la productora.
Las aportaciones del financiador se podrán realizar en cualquier fase de la producción hasta la obtención del certificado de nacionalidad.
La deducción por el financiador será incompatible, total o parcialmente, con la del productor, y se calculará y aplicará de la siguiente forma:
Finalmente, en relación con los requisitos para aplicar la deducción (tanto por el productor como por el financiador), y en concreto con la necesidad de que la producción obtenga (i) el certificado de nacionalidad y (ii) el certificado que acredite el carácter cultural en relación con su contenido, su vinculación con la realidad cultural española o su contribución al enriquecimiento de la diversidad cultural de las obras cinematográficas que se exhiben en España, la LPGE señala que dichos certificados serán vinculantes para la Administración tributaria competente en materia de acreditación y aplicación de la deducción e identificación del productor beneficiario, con independencia del momento de su emisión.
Por otra parte, los bienes afectos a las deducciones deben permanecer en funcionamiento, durante un plazo de 5 años contado desde su adquisición, o su vida útil si esta fuera inferior a 5 años (3 años o a su vida útil si esta fuera inferior en el caso de bienes muebles).
Ahora se añade que, en el caso de producciones cinematográficas y series audiovisuales, se entenderá cumplido este requisito si la productora mantiene su porcentaje de titularidad de la obra durante un plazo de 3 años, sin perjuicio de su facultad para comercializar total o parcialmente sus derechos de explotación a terceros.
En Questionna, seguimos involucrándonos con los proyectos y funcionando a éxito con cada uno de ellos.
Esto se basa fundamentalmente en que conocemos la industria del entretenimiento, sabemos del riesgo y ventura que corren tanto artistas musicales, compañías de teatro, youtubers, promotores, productoras, como agencias de booking, managers y resto de agentes intervinientes.
Salud y a financiarse.