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Vamos a informarte sobre la financiación y deducción del sector espectáculo, cómo obtenerla y de qué forma te puede ayudar esta noticia.
Estamos viviendo tiempos muy complicados en el sector del entretenimiento y del espectáculo, bolos y actuaciones en vivo han sido maltratadas como nunca. Artistas y productoras se han lanzado al mundo digital y a la producción audiovisual.
Tras años persiguiendo fórmulas de financiación insuficientes vía inversión o subvenciones directas, que no posibilitaban ni ayudaban, de manera eficiente, al mantenimiento de este sector.
Surge una desapercibida modificación en la redacción del artículos 36 y 39 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades relativo a la deducción por inversiones en el sector, que abre una enorme posibilidad en la obtención de financiación al sector cultural tanto audiovisual cómo a los espectáculos en vivo.
Cualquier persona física o jurídica que participe en la financiación de proyectos audiovisuales. De esta forma podrán obtener financiación y verse beneficiados por este sistema, festivales, galas y eventos, giras de artistas, circo, danza y actuaciones musicales, entre otros. Ya no es necesaria la constitución de una AIE, lo que conlleva facilitar el acceso a la financiación.
Aparte de un retorno del 100 % de la inversión efectuada, se le suma una rentabilidad aproximada de un 20 % en las inversiones en este tipo de sector. Es decir los beneficios procedentes de estas inversiones dejarán de tributar en el impuesto correspondiente.
Sumándose el hecho de lograr un mayor posicionamiento y prestigio de marca, apoyando la Cultura.
Gracias a la garantía otorgada a los inversores con este beneficio fiscal, en la recuperación de su inversión más la obtención de la rentabilidad pertinente, se está generando entre estos la voluntad de dar un paso más y participar con el riesgo y ventura del proyecto. Con la ampliación a cualquier persona en participar en estos proyectos se busca mayor financiación y apoyo al sector.
Todo tipo de productoras, bandas musicales y espectáculos pueden acudir a esta vía de financiación ofreciendo a su entorno empresarial y “mecenas” pagadores de impuestos que, junto con los beneficios directos comentados, quieran ayudar, contribuir y ser partícipes de este cambio en la financiación y comercialización de la cultura en nuestro país. Obteniendo con ello un beneficio fiscal.
El financiador no adquirirá los derechos de propiedad intelectual, cuya propiedad será siempre de la productora.
Las aportaciones del financiador se podrán realizar en cualquier fase de la producción hasta la obtención del certificado de nacionalidad.
La deducción por el financiador será incompatible, total o parcialmente, con la del productor, y se calculará y aplicará de la siguiente forma:
Finalmente, en relación con los requisitos para aplicar la deducción (tanto por el productor como por el financiador), y en concreto con la necesidad de que la producción obtenga (i) el certificado de nacionalidad y (ii) el certificado que acredite el carácter cultural en relación con su contenido, su vinculación con la realidad cultural española o su contribución al enriquecimiento de la diversidad cultural de las obras cinematográficas que se exhiben en España, la LPGE señala que dichos certificados serán vinculantes para la Administración tributaria competente en materia de acreditación y aplicación de la deducción e identificación del productor beneficiario, con independencia del momento de su emisión.
Por otra parte, los bienes afectos a las deducciones deben permanecer en funcionamiento, durante un plazo de 5 años contado desde su adquisición, o su vida útil si esta fuera inferior a 5 años (3 años o a su vida útil si esta fuera inferior en el caso de bienes muebles).
Ahora se añade que, en el caso de producciones cinematográficas y series audiovisuales, se entenderá cumplido este requisito si la productora mantiene su porcentaje de titularidad de la obra durante un plazo de 3 años, sin perjuicio de su facultad para comercializar total o parcialmente sus derechos de explotación a terceros.
En Questionna, seguimos involucrándonos con los proyectos y funcionando a éxito con cada uno de ellos.
Esto se basa fundamentalmente en que conocemos la industria del entretenimiento, sabemos del riesgo y ventura que corren tanto artistas musicales, compañías de teatro, youtubers, promotores, productoras, como agencias de booking, managers y resto de agentes intervinientes.
Salud y a financiarse.
Ha sido una gran noticia: Primavera Sound, la Fundación contra el SIDA y las enfermedades Infecciosas y el Hospital Universitari Germans Trias i Pujol de Badalona, han hecho públicos los resultados del estudio PRIMA-CoV. Con este estudio se prueba científicamente con un riguroso ensayo clínico, la viabilidad de las celebraciones de eventos culturales en recintos interiores.
Siguiendo protocolos de seguridad, con medidas previas de cribado de antígenos con resultados negativos, se ha demostrado que ninguno de los asistentes (464) del grupo a un concierto se infectó de Covid-19. Una incidencia del 0%.
La reflexión final es, que siguiendo ciertas normas protocolizadas de seguridad se puede conseguir un objetivo. Además, con el esfuerzo de asistentes, de la sala, de los científicos el resultado ha sido probado de manera irrefutable.
Este estudio justifica reanudar una actividad cultural segura para poder disfrutar de nuevo de conciertos y eventos en recintos cerrados.
Ahora es el momento de exigir entre todos a las autoridades autorizar este tipo de actuaciones y que todos podamos volver a una actividad de forma regular. Recuperar la escena debe de ser el objetivo en el que focalizar todo el esfuerzo. Ahora es el turno de las administraciones de trabajar para conseguirlo.
Os dejamos los resultados del estudio a continuación:
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